• Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CARLOS CLIMENT DURAN
  • Nº Recurso: 414/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La función del tribunal de apelación o casación no puede consistir en realizar una nueva valoración de las pruebas practicadas a presencia del Juzgador de instancia. Al tribunal ad quem no le corresponde tampoco formar su personal convicción a partir del examen de unas pruebas que no presenció, para a partir de ella confirmar la valoración del Tribunal de instancia en la medida en que ambas sean coincidentes. Su control se extenderá a la constatación de la existencia de una actividad probatoria de cargo sobre todos y cada uno de los elementos del tipo penal, lo que comprende el examen de la denominada disciplina de garantía de la prueba y el proceso de formación y obtención de la prueba. Esta estructura racional del discurso valorativo sí puede ser revisada en casación, censurando aquellas fundamentaciones que resulten ilógicas, irracionales, absurdas o, en definitiva, arbitrarias; o bien que sean contradictorias con los principios constitucionales, por ejemplo, con las reglas valorativas derivadas del principio de presunción de inocencia o del principio nemo tenetur.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: FRANCISCO NAVARRO CAMPILLO
  • Nº Recurso: 63/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia revoca la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de apropiación indebida, absolviéndole. Presunción de inocencia y necesaria suficiencia de la prueba de cargo. El examen por el tribunal de apelación de la valoración probatoria realizada en la instancia. El examen de las versiones contrapuestas por parte del juez de instancia y del tribunal de apelación. Elementos del delito de apropiación indebida. La apropiación de las arras o señal de una parte del precio, aun cuando se contemple como posible la devolución de acontecer determinadas vicisitudes, no supone la comisión de un delito de apropiación indebida porque no se trata de cantidad recibida para o que tenga necesariamente que ser devuelta o entregada. El título en virtud del cual se entregó el dinero fue un contrato de compraventa, por tanto, traslativo del dominio, siendo las arras parte del precio.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: GEMMA GARCES SESE
  • Nº Recurso: 29/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia dictada por Juez de Instrucción en que condena a una denunciada como autora responsable de un delito leve de amenazas y le absuelve de otro delito leve de daños. Acusada que a través de la red social de Facebook remite a su vecino mensaje advirtiéndole de que si no cesa en una conducta determinada "va a saber lo que es la guerra y vivir atormentado de verdad". Presunción de inocencia y valoración de las pruebas por parte del juez que las recibe con inmediación. Facultades del tribunal de apelación en orden a revisar la valoración de las pruebas realizada por el juez de primer grado. Delito de amenazas. Expresiones con potencialidad realizadora del tipo penal. Se considera que la advertencia atribuida a la denunciada anuncia la posibilidad de causar un mal sobre la integridad física de la denunciante que depende exclusivamente de la voluntad de la denunciada, que por las circunstancias en que se produjeron, con publicidad y en un contexto de conflicto vecinal, resultaban totalmente creíbles. Principio de intervención mínima. Se trata de un principio dirigido al legislador, de modo que no corresponderá al tribunal entrar a valorar el acierto o no del legislador al tipificar dicha conducta como delito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: MERCE JUAN AGUSTIN
  • Nº Recurso: 137/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor material de un delito de quebrantamiento de condena. Acusado que teniendo vigente una pena que le impedía aproximarse a menos cien metros de una mujer, se acerca y dirige a ella mirándola de forma intimidante y haciéndole un gesto con la mano como si hubiera sacado una pistola. Facultades del tribunal de apelación en orden a revisar la valoración de las pruebas realizada por el juez de primer grado. Testimonio de la víctima y elementos externos de corroboración. Delito de quebrantamiento de condena. Elemento subjetivo requerido por el tipo penal. Conciencia y voluntad de quebrantar la prohibición. Dilaciones procesales indebidas. Pese a la tramitación algo lenta en fase de enjuiciamiento, no se aprecia en lo actuado, paralizaciones o dilaciones relevantes y extraordinarias ni que la tramitación de la presente causa. Transcurso de dos años entre los hechos y la sentencia de la primera instancia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lugo
  • Ponente: ANA ROSA PEREZ QUINTANA
  • Nº Recurso: 203/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Obras de desmonte, relleno y nivelación de tierras y de construcción de nave prefabricada no vinculada a un uso agropecuario o forestal y cuatro casetas de obra en suelo no urbanizable común situado dentro de un espacio natural sin contar con licencia municipal ni autorización de la comunidad autónoma. Se desestiman las alegaciones del recurrente sobre la inexistencia de perjuicio para los intereses generales e infracción del principio de mínima intervención penal. Olvida la recurrente que éste se trata de un principio penal que no interpela al juzgador, sino al legislador, que es quien debe adoptar las decisiones de política criminal que le competen respetando dicho principio rector. Por lo que se refiere al perjuicio, la propia consideración del terreno en el que se llevó a cabo la edificación encierra un perjuicio a la naturaleza y al innegable interés general en su conservación, pues se trata de un terreno encuadrado en la Red Natura 2000, con la especial protección de este espacio de la biodiversidad. Se confirma la decisión del tribunal de instancia de demolición de la obra construida a pesar de que la misma y el terreno eran propiedad de una mercantil representada en el juicio por el coacusado que ha sido absuelto, con el argumento de que dicha sociedad estuvo debidamente representada y presente en el procedimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO MARIN CASTAN
  • Nº Recurso: 72/2022
  • Fecha: 11/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurso de casación no es una impugnación en régimen abierto de la sentencia de instancia, sino un instrumento para reconducir lo declarado en ella a una correcta y uniforme interpretación del ordenamiento jurídico, centrándose, así, en las cuestiones jurídicas, no en las fácticas, que, sin embargo, no son inmunes a la posible vulneración de algún derecho fundamental, significadamente la presunción de inocencia y la tutela judicial efectiva. En el apartado de fundamentos de la convicción de la sentencia recurrida resultó analizada y valorada con rigor la totalidad de la prueba practicada, sin que sus razonamientos resulten desvirtuados -es más, ni siquiera rebatidos- por el recurrente, que se limita a reproducir los argumentos esgrimidos en la instancia. La firme convicción del tribunal sentenciador sobre cómo ocurrieron los hechos no deja espacio a la aplicación del principio in dubio pro reo. El relato de hechos probados -conforme al cual, en síntesis, el recurrente se durmió durante un servicio de vigilancia de seguridad vial y no colaboró con su jefe de pareja- se incardina adecuadamente en la infracción apreciada, al integrarse en la conducta todos los elementos del tipo disciplinario aplicado, lo que, además, se justifica por el tribunal sentenciador con especial esfuerzo argumentativo en lo que se refiere a los elementos de la gravedad de la desatención -para distinguirla, en el caso, de la falta disciplinaria leve- y de la culpabilidad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ALMUDENA ALVAREZ TEJERO
  • Nº Recurso: 280/2023
  • Fecha: 11/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Absuelve al acusado de los delitos de denuncia falsa y del delito de estafa procesal en concurso medial con un delito de falsedad en documento privado. El delito de denuncia falsa requiere: a) la imputación de hechos falsos a sabiendas de su falsedad, siendo irrelevante que el denunciante realice una calificación jurídica de los mismos; b) que de ser ciertos los hechos imputados, estos fueran constitutivos de infracción penal; y c) que la imputación se haga ante funcionario judicial o administrativo que deba proceder a su averiguación. El delito de estafa procesal se produce cuando una de las partes engaña al Juez y le induce con la presentación de falsas alegaciones a dictar una determinada resolución que perjudica los intereses económicos de la otra parte, consumándose el delito cuando se pronuncia la resolución judicial y se agota con la producción del efectivo y material perjuicio ocasionado a la otra parte. El delito de falsedad documental exige que la "mutatio veritatis" recaiga sobre elementos capitales o esenciales del documento y tenga suficiente entidad para afectar los normales efectos de las relaciones jurídicas. Examinadas por la AP. las pruebas practicadas surgen dudas al Tribunal sentenciador sobre la participación del acusado en la comisión de los delitos objeto de acusación y, aplicando el principio de in dubio pro reo, procede a emitir sentencia absolutoria.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN HERRERO PEREZ
  • Nº Recurso: 1102/2023
  • Fecha: 11/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABANDONO DE FAMILIA: falta de pago de la pensión establecida en sentencia. CONTENIDO DEL DELITO: existencia de una resolución que establece la obligación e incumplimiento intencionado de ésta con la finalidad de no abonar la prestación. Conjuga el respeto a la resolución judicial con la protección al titular de la obligación como parte perjudicada. PRUEBA DE CARGO: plena libertad de prueba . medios y de valoración de la prueba para demostrar la solvencia. Validez de la prueba indiciaria. "IN DUBIO PRO REO": la existencia de una actividad empresarial no basta para establecer la capacidad económica del sujeto. Hay un auto de insolvencia y no consta ni por prueba testifical ni documental que el acusado hubiera percibido cantidad alguna por su labor empresarial. No hay elementos para formar una convicción plena sobre la culpabilidad del acusado, aunque la cuestión trata más de la suficiencia de la prueba que de su interpretación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: AMAYA GALAN PEREZ
  • Nº Recurso: 15/2021
  • Fecha: 04/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal afirma que los hechos contenidos en el auto de continuación por los trámites de procedimiento abreviado que dio lugar al primer procedimiento y en el que el acusado resultó condenado recogía que éste llegó incluso en alguna ocasión a forzar a la víctima a mantener relaciones sexuales, por lo que llega a la conclusión de que dicho hechos formaron parte de la instrucción del primer procedimiento, hechos que podrían haber permitido la acusación por un delito de agresión sexual que constaba en el auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado. En dicho primer procedimiento el Ministerio Fiscal y la acusación particular no formularon acusación por unos hechos que constaban en el auto que delimitaba aquéllos hechos por los que se podía acusar. Tampoco recurrieron el auto de continuación por considerar que el resto de hechos que figuraban en la instrucción relativos a la inducción a mantener relaciones sexuales con terceros no se incluían en los hechos que fijaban los que podrían ser objeto de enjuiciamiento. En definitiva, tanto la acusación particular como el Ministerio Fiscal dispusieron de la posibilidad de acusar por el delito de agresión sexual y pudieron recurrir dicho auto para incluir si lo estimaban oportuno los hechos que podrían dar lugar a acusar por un delito de prostitución, y no lo hicieron. Los hechos pudieron ser enjuiciados en ese primer procedimiento y no fueron objeto de acusación, por lo que aprecia le excepción de cosa juzgada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
  • Nº Recurso: 42/2023
  • Fecha: 04/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito de agresión sexual. Se alega vulneración de la presunción de inocencia, no siendo suficiente la declaración incriminatoria de la víctima para la emisión de sentencia condenatoria, sosteniendo la existencia de consentimiento en ésta para el mantenimiento de la relación sexual. Los hechos se acreditan por la declaración de la víctima en la que el TSJ. considera concurrentes los parámetros valorativos de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación. La ausencia de incredibilidad subjetiva exige valorar si el testigo tiene capacidad física y psíquica de percepción acorde con el relato que presta y si existen o no móviles espurios (odio, resentimiento, venganza o enemistad) que puedan generar una declaración falsa. La verosimilitud del testimonio implica que la declaración debe ser lógica (no insólita o inverosímil) y contar con datos objetivos periféricos que le dotan de mayor credibilidad. La persistencia en la incriminación requiere la carencia de modificaciones esenciales entre las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima, debiendo de ser coherente y sin ambigüedades, generalidades o vaguedades. Con respecto al consentimiento se entenderá que existe si se manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona y no es perpetuo, debiendo ser renovado en cada uno de los actos que constituyen la relación sexual.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.